La UE emitió normas para combatir la “zaraza climática” de quienes usan el verde solo para el nombre y el envoltorio

Finanzas Verdes

Aprobó una serie de pautas estrictas para aquellas empresas, que aspiren a que sus bonos amigables con la sustentabilidad, coticen en Europa
Finalmente los eurodiputados aprobaron un reglamento para las emisiones de bonos verdes que entrará en vigencia 20 días después de su publicación en el “Boletín Oficial” de la UE. Con eso pretenden combatir la “zaraza verde”, es decir, a empresas que emitían bonos supuestamente verdes pero que, en la práctica, solo tenían de verdes los nombres y los envoltorios.

 Significa que, de aquí en mas, quien quiera emitir un bono verde con la aspiración de que cotice en el mercado de la Unión Europea, denominados “Bono Verde Europeo” o “EUGB”, deberán respetar estas nuevas normas. Europa es la región más prolífica en la emisión de estos títulos de mediano y largo plazo, con bajas tasas, estimado en alrededor de la mitad del total mundial.

La normativa es clara, y fue desarrollada suficientemente por eltrablerodigital.com.ar cuando se la conoció en marzo último. Dificulta las emisiones de estos títulos por firmas que hacen lo necesario para confundir a los consumidores en relación con sus prácticas medioambientales o con los beneficios que aportan sus productos o servicios para el clima y el medio ambiente. La idea de los eurodiputados es lograr mayor transparencia en este mercado, adonde hay muchos inversores interesados aún cuando deban resignar rendimientos sobre su inversión. Ahora todas las empresas que decidan adoptar la etiqueta EUGB deberán cumplir una serie de medidas, incluida la divulgación de información sobre cómo se utilizarán los ingresos del bono. Los emisores deben garantizar que, al menos el 85 % de los fondos recaudados por un bono, se asignen a actividades económicas que tengan que ver con la cuestión medioambiental. Solo el 15% restante podrá destinarse a otras actividades económicas, siempre que el emisor cumpla los requisitos de información sobre el destino de la inversión.

Pero además los emisores deberán comprometerse a desarrollar una estrategia para la transición ecológica, y demostrar y difundir con claridad cómo estas inversiones contribuyen a su realización. Estas obligaciones de divulgación, establecidas en los denominados “formatos modelo”, también pueden cumplirse aún cuando las emisoras no sean capaces de cumplir con todos los estrictos estándares de la EUGB, pero que desean expresar sus aspiraciones de respetar el medio ambiente.

Pero atención: no bastará con decirlo. El reglamento aprobado por la Comunidad establece un sistema de registro y un marco de supervisión para los auditores externos de los bonos verdes europeos, es decir, las entidades independientes responsables de evaluar el cumplimiento. También se estipula que cualquier conflicto de intereses, real o potencial que pueda afectar a los auditores externos, debe ser debidamente identificado, eliminado o gestionado, y divulgado de manera transparente.

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