Europa ajustó la canilla del “greenwashing”

Sustentabilidad

Se prohibirán expresiones engañosas como "respetuoso con el medio ambiente", "natural", "biodegradable", "neutro para el clima" o "eco" utilizadas hasta ahora sin ningún control.

Las comisiones de Mercado Interior y Medio Ambiente de la Unión Europea definieron su posición sobre las normas que permitirán a las empresas validar sus alegaciones de marketing medioambiental. La llamada Directiva sobre alegaciones ecológicas complementa la prohibición aprobada por la UE del “lavado verde”, “greenwashing”, o “afirmaciones ecológicas truchas”. Definieron qué tipo de información deben facilitar las empresas para justificar sus afirmaciones medioambientales en el futuro. También crearon un marco y plazos para comprobar las pruebas y aprobar las alegaciones. Además, especificaron qué ocurrirá con las empresas que infrinjan la ley. El proyecto de informe aprobado se someterá a votación en alguna próxima sesión plenaria de la Eurocámara (muy probablemente en marzo) y endurecerá todavía más las normas que se encuentran vigentes sobre la materia. El expediente será evaluado por el nuevo Parlamento, tras las elecciones europeas de junio.

El tema no es nuevo, pero es un paso más para acabar, o al menos acotar, el “greenwashing” en Europa y en todas las empresas que venden sus productos en la UE. En marzo de 2023 la Comisión de la UE había propuesto criterios comunes contra el “truchaje” ecológico y las afirmaciones medioambientales engañosas. Un estudio de dicho organismo realizado en 2020 puso de manifiesto que el 53,3% de las declaraciones medioambientales examinadas en la UE eran vagas, engañosas o infundadas y que el 40% carecían de fundamento. Luego, en enero de este año el Parlamento Europeo aprobó una directiva en procura de mejorar el etiquetado de los productos y prohibió el uso de declaraciones medioambientales engañosas.

Pero ahora dieron un paso más. Los eurodiputados acordaron que las empresas deberán someter a aprobación cualquier declaración futura de marketing medioambiental antes de utilizarla. Las nuevas normas pretenden que el etiquetado de los productos sea más claro y fiable, prohibiendo el uso de declaraciones medioambientales generales como "respetuoso con el medio ambiente", "natural", "biodegradable", "neutro para el clima" o "eco" sin pruebas, explicaron desde la Eurocámara. También se regulará a partir de ahora el uso de etiquetas de sostenibilidad, dada la confusión que provoca su proliferación y la no utilización de datos comparativos. En el futuro, sólo se permitirán en la UE las etiquetas de sostenibilidad basadas en sistemas de certificación oficiales o establecidas por las autoridades públicas.

Según el texto aprobado, estas afirmaciones serán evaluadas por verificadores acreditados en un plazo de 30 días. Las empresas que incumplan las normas podrán ser excluidas de los contratos públicos, perder sus ingresos y enfrentarse a una multa de al menos el 4% de su facturación anual. Los eurodiputados también instaron a la Comisión Europea a elaborar una lista de alegaciones y productos menos complejos que podrían beneficiarse de una verificación más rápida o sencilla. También creen que debería decidir si las alegaciones ecológicas sobre productos que contienen sustancias peligrosas deben seguir siendo posibles. Además, acordaron que las microempresas queden excluidas de las nuevas obligaciones y que las pymes dispongan de un año más antes de aplicar las normas.

Los eurodiputados confirmaron la reciente prohibición de la UE sobre las declaraciones ecológicas basadas únicamente en los llamados sistemas de compensación de emisiones de carbono. Ahora especifican que las empresas podrán seguir mencionando los sistemas de compensación si ya han reducido al máximo sus emisiones y utilizan estos sistemas sólo para las emisiones residuales. Los créditos de carbono de estos programas deberán estar certificados, según lo establecido en el Marco de Certificación de la Compensación de Emisiones de Carbono.

También se aplicarían normas especiales a las alegaciones comparativas (es decir, anuncios que comparan dos productos diferentes), incluso si los dos productos son fabricados por el mismo productor. Entre otras disposiciones, las empresas deberán demostrar que han utilizado los mismos métodos para comparar los aspectos relevantes de los productos. Además, las afirmaciones de que los productos han mejorado no podrán basarse en datos de hace más de cinco años.