Aunque omitieron “darles un beso en la frente”, los absolvieron por contaminar

Sustentabilidad

Un tribunal en Neuquén reconoció que atentaron contra la salud pública, pero concluyó que no hubo delito penal, y los liberó para que fueran por más
Ocurrió en Neuquén. Tres individuos quedaron sin condena ayer jueves por arrojar líquidos cloacales a cielo abierto en San Martín de los Andes. Pese a que el tribunal reconoció que el hecho existió y que las personas “de las urbanizaciones próximas al lugar vivieron situaciones de afectación a su salud (entendida en sentido amplio, como derecho al bienestar) y no recibieron respuesta alguna”, los tres acusados quedaron libres para seguir tranquilamente con lo suyo.

El fallo, curioso, dice textualmente que “aun cuando toda la situación contextual que rodea la disputa concreta en este juicio merezca reproches funcionales, administrativos y éticos, en términos penales las circunstancias presentadas no permiten el avance hacia una condena”.

El veredicto benefició a quien hizo la vista gorda desde el Organismo de Control Municipal, quien actuaba en aquel entonces como coordinadora de la institución, Julieta Muñiz Saavedra, y a los “entrepreneurs”, Pedro y Pablo Werefkin. Los jueces, que fallaron por unanimidad, se llaman Laura Barbé, Leticia Lorenzo y el juez Maximiliano Bagnat. En su fallo dijeron que “no estamos en posibilidad de dar a los barros objeto de la controversia en este caso, el tratamiento de residuos comprendidos por la ley 24.051”.

Los acusados habían arrojado desechos cloacales en un basural cuya dirección ejercían en una zona conocida como “Cordones de Chapelco”. Ahí existe un pueblo (unos 6000 habitantes) considerado como tal a partir de 2014, a mitad de camino entre el aeropuerto de San Martin de los Andes (a 10 kilómetros) y la ciudad (14,2 kilómetros), que cuenta con una delegación municipal, un destacamento policial, una escuela, y demás infraestructura.

Los vecinos se quejaban de los olores, la presencia de aves y de roedores. Ante la falta de respuesta municipal, recurrieron a la Defensoría del Pueblo. Una médica hizo un estudio epidemiológico y determinó que existía una afectación a la salud pública. A mediados de 2017 un juez (Andrés Luchino) hizo lugar a un amparo, y ordenó a la municipalidad que no abra más pozos para arrojar residuos. Lejos de cumplir con esa orden, los imputados resolvieron arrojar ahí residuos cloacales sin tratamiento. Y, según la acusación, lo hicieron entre 2017 y 2019. “Los arrojaron en ese lugar. No en la cancha de golf – ejemplificó el fiscal – sino en un lugar adonde había un amparo judicial, con 6.000 personas viviendo alrededor”. El vertedero fue clausurado a instancias de la fiscalía en 2019. “Vinimos por los residuos domiciliarios, no por los cloacales. Cuando quise ver la celda Cinco, me enterré en la mierda. Ahí me di cuenta que los lodos estaban arrojados sin tratamiento”.

El juicio fue un acontecimiento para la ciudad de San Martín de los Andes. Incluso se televisó por YouTube en la Oficina Judicial de la Cuarta Circunscripción, donde fiscal jefe de Delitos Ambientales, Maximiliano Breide Obeid, dijo que hizo una inspección ocular y “me enterré en la mierda. Pido disculpas por el término, pero fue así”. El delito atribuido a los dos “empresarios” era contaminación peligrosa para la salud pública, previsto y reprimido por el art. 55 de la Ley 24.051 de residuos peligroso (con remisión al art. 200 del Código Penal), 57 de la Ley 24.051 y 45 del Código Penal, en calidad de coautores. Y a la ex funcionaria se le pidió incumplimiento de deberes de funcionario público, previsto y reprimido por el artículo 248, en calidad de autora; en concurso ideal con el delito de contaminación peligrosa para la salud pública, previsto y reprimido por el artículo 55 de la Ley 24.051 de residuos peligroso (con remisión al artículo 200 del Código Penal) en calidad de coautora, por comisión por omisión por su posición de garante; todo ello conforme lo disponen los art. 45 y 54 del Código Penal. Por eso el fiscal pidió penas que van de 3 a 10 años de prisión, pero el tribunal entendió que debían quedar libres para seguir haciendo de las suyas.